Este cuadro permite definir los datos generales a partir de
los que se realiza el cálculo de la aceleración y la carga sísmica.
El cuadro contiene las siguientes opciones:
- Aplicar carga sísmica:
esta opción habilita o deshabilita el cálculo de la carga sísmica,
lo que también implica habilitar o deshabilitar los requisitos
constructivos de la norma NCSE-02.
- Provincia / Localidad: aquí debe
indicar la localidad en la que se encuentra la estructura. Por
defecto, la localidad será la misma que la seleccionada en
Datos/Generales - Situación. Recuerde que la norma no es de
obligatoria aplicación en aquellas zonas con aceleración sísmica
básica (ab) inferior a 0,04g:
- Emplazamiento: en este apartado se
muestran la aceleración sísmica básica y el
coeficiente de contribución, determinados a partir de la
localidad seleccionada en los desplegables anteriores. Ambos valores
pueden modificarse si se activa la casilla "Personalizar".
El valor de la aceleración que se muestra es el básico.
El valor de cálculo (ac) no se muestra en este cuadro; su
valor depende del coeficiente del terreno, definido en
Datos/Generales - Terreno y del nivel de
importancia.
- Clasificación de la construcción: se debe
indicar la clasificación conforme a NCSE-02 1.2.2:
- De importancia moderada: Aquellas con probabilidad
despreciable de que su destrucción por el terremoto pueda
ocasionar víctimas, interrumpir un servicio primario, o producir
daños económicos significativos a terceros.
- De importancia normal: Aquellas cuya destrucción por
el terremoto pueda ocasionar víctimas, interrumpir un servicio
para la colectividad, o producir importantes pérdidas
económicas, sin que en ningún caso se trate de un servicio
imprescindible ni pueda dar lugar a efectos catastróficos.
- De importancia especial Aquellas cuya destrucción por
el terremoto, pueda interrumpir un servicio imprescindible o dar
lugar a efectos catastróficos. En este grupo se incluyen las
construcciones que así se consideren en el planeamiento
urbanístico y documentos públicos análogos así como en
reglamentaciones más específicas y, al menos, las siguientes
construcciones:
- Hospitales, centros o instalaciones sanitarias de
cierta importancia.
- Edificios e instalaciones básicas de comunicaciones,
radio, televisión, centrales telefónicas y telegráficas.
- Edificios para centros de organización y coordinación
de funciones para casos de desastre.
- Edificios para personal y equipos de ayuda, como
cuarteles de bomberos, policía, fuerzas armadas y parques de
maquinaria y de ambulancias.
- Las construcciones para instalaciones básicas de las
poblaciones como depósitos de agua, gas, combustibles,
estaciones de bombeo, redes de distribución, centrales
eléctricas y centros de transformación.
- Las estructuras pertenecientes a vías de comunicación
tales como puentes, muros, etc. que estén clasificadas como
de importancia especial en las normativas o disposiciones
específicas de puentes de carretera y de ferrocarril.
- Edificios e instalaciones vitales de los medios de
transporte en las estaciones de ferrocarril, aeropuertos y
puertos.
- Edificios e instalaciones industriales incluidos en
el ámbito de aplicación del Real Decreto 1254/1999, de 16 de
julio, por el que se aprueban medidas de control de los
riesgos inherentes a los accidentes graves en los que
intervengan sustancias peligrosas.
- Las grandes construcciones de ingeniería civil como
centrales nucleares o térmicas, grandes presas y aquellas
presas que, en función del riesgo potencial que puede
derivarse de su posible rotura o de su funcionamiento
incorrecto, estén clasificadas en las categorías A o B del
Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses
vigente.
- Las construcciones catalogadas como monumentos
históricos o artísticos, o bien de interés cultural o
similar, por los órganos competentes de las Administraciones
Públicas.
- Las construcciones destinadas a espectáculos públicos
y las grandes superficies comerciales, en las que se prevea
una ocupación masiva de personas.
- Tipo de planta: debe elegir entre
compartimentada o
diáfana, dependiendo de si existen o no divisiones interiores
en el edificio.
- Ductilidad: el nivel de ductilidad
determina la capacidad de la estructura para disipar la energía en
el rango plástico. Una estructura dúctil sufrirá deformaciones
importantes antes de llegar a la rotura, lo que le confiere una alta
capacidad de absorber energía antes de llegar al colapso. Una
estructura sin ductilidad no tiene dicha capacidad, produciéndose el
colapso sin haber llegado a deformar considerablemente la
estructura. El nivel de ductilidad determina el coeficiente
de comportamiento por ductilidad (m);
a mayores valores de m, menor es la
carga sísmica a aplicar en el cálculo.
- El nivel de ductilidad
es un criterio adoptado por el proyectista, aunque la norma
NCSE-02 establece unas limitaciones, de forma que para un tipo de
estructura concreto no se puede escoger entre cualquier nivel de
ductilidad. Existen cuatro niveles,
- Ductilidad muy alta
(m=4):
- La resistencia a las acciones horizontales debe
obtenerse:
- Mediante pórticos planos o espaciales de nudos
dúctiles rígidos, o
- Mediante sistemas de rigidización dúctiles
especialmente diseñados para disipar energía mediante
flexiones o cortantes cíclicos en tramos cortos, como
por ejemplo los formados por pantallas y vigas de
acoplamiento en estructuras de hormigón armado ó por
triangulaciones metálicas incompletas.
- Si existen otros elementos o núcleos de rigidización,
su colaboración a la resistencia de las acciones
horizontales debe ser escasa. Se considera que se cumple
esta condición si soportan menos del 50% de la fuerza
sísmica horizontal que actúe sobre el edificio.
- En estructuras con vigas de hormigón armado, éstas
tienen que ser de canto.
- El dimensionado y detalle tienen que asegurar la
formación de mecanismos estables con muy alta capacidad de
disipación de energía mediante histéresis, repartidos
homogéneamente por toda la estructura. Para ello han de
cumplirse las prescripciones establecidas en el capítulo
4 de la norma NCSE-02 para este
nivel de ductilidad
-
- Ductilidad alta (m=3):
- La resistencia a las acciones horizontales se
consigue principalmente:
- Mediante pantallas no acopladas de
hormigón armado, o
- Mediante diagonales metálicas a tracción (en
cruz de San Andrés o equivalente).
- En estructuras con vigas de hormigón armado, éstas
tienen que ser de canto.
- El dimensionado y detalle tienen que asegurar la
formación de mecanismos estables con alta capacidad de
disipación de energía mediante histéresis, repartidos
homogéneamente por toda la estructura. Para ello han de
cumplirse las prescripciones establecidas en el capítulo
4 de la norma NCSE-02 para este nivel de ductilidad.
-
- Ductilidad baja (m=2):
si la estructura posee los soportes de acero u hormigón con
núcleos, muros o pantallas verticales de hormigón armado, pero
no satisface los requisitos anteriores en cuanto a tipo y
detalles estructurales.
- En particular, se encuadran en este
grupo
- Las estructuras de tipo péndulo invertido o
asimilables.
- Las de losas planas, forjados reticulares o
forjados unidireccionales con vigas planas.
- Aquellas en que las acciones horizontales son
resistidas principalmente por diagonales que trabajan
alternativamente a tracción y a compresión, por ejemplo
estructuras con arriostramientos en forma de V
- También se encuadran en este grupo
los sistemas estructurales constituidos, bien por pórticos
metálicos que confinan a muros de hormigón armado o de
mampostería reforzada, o bien por muros de carga de hormigón o
de bloques de mortero, armados vertical y horizontalmente y con
suficiente capacidad de deformación plástica estable ante
acciones laterales cíclicas y alternantes.
-
- Sin ductilidad (m=1):
estructuras desprovistas de capacidad de disipación de energía
en el rango plástico, en particular las constituidas por muros
de mampostería, ladrillo o bloques de hormigón, aún cuando
incluyan en su interior entramados de madera o estén reforzadas
o armadas sólo en puntos críticos, y las porticadas que resistan
las acciones laterales mediante arriostramientos en forma de K.
- También se encuadran en este grupo
las estructuras de naves industriales con pilares y cerchas, las
realizadas con elementos prefabricados o que contengan piezas
prefabricadas de gran formato, en las que no se hayan adoptado
disposiciones especiales para dotar a los nudos de ductilidad.
-
- Tipo de estructura:
a partir de este dato se calcula el periodo fundamental
del edificio (TF), conforme
al apartado 3.7.2.2 de la norma NCSE-02. En caso de elegir edificios
con pantallas, habrá que indicar las dimensiones en planta de éstas.
- Amortiguamiento de la estructura (W):
el programa calcula este dato automáticamente
en función del nivel de ductilidad, del
tipo de estructura, y del tipo de
planta, conforme a la tabla 3.1 de la norma
NCSE-02. No obstante, el usuario puede modificar ese valor si lo
desea.
- Coeficiente de comportamiento por ductilidad
(m): el valor
mostrado dependerá del nivel de
ductilidad seleccionado. El usuario puede
modificarlo si lo considera necesario.
- Valor del coeficiente de respuesta (b):
este coeficiente está calculado a partir del
factor de modificación del espectro (n,
NCSE-02 2.5) y del coeficiente de comportamiento por ductilidad (m)
. Este coeficiente, junto con otros parámetros,
multiplica a las masas de cálculo para obtener las fuerzas estáticas
equivalentes; cuanto mayor sea, mayor será la carga sísmica.
- Modos de vibración:
cuando se aplica el método simplificado
descrito en NCSE-02 3.7.2, la norma obliga a considerar como máximo
tres modos de vibración: el primer modo se corresponde con un
periodo de vibración igual al periodo fundamental TF, en
el segundo es TF/3 y en el tercero TF/5. Cada
modo se caracteriza por una amplitud de la vibración distinta (mayor
en el primer modo), y por tanto, provoca unos esfuerzos y
desplazamientos distintos en cada caso. El programa no aplica
simultáneamente los tres modos, sino que el usuario debe elegir cuál
aplicar.
- Siempre es obligatorio
considerar el primer modo. Además habrá que considerar el segundo
cuando TF se encuentre entre 0,75 y 1,25 s. Para valores
de TF mayores que 1,25 s habrá que considerar los tres.
- Se recomienda
dimensionar la estructura sólo con el modo 1, y comprobar, una vez
que se tengan las dimensiones casi definitivas, con los otros modos
si fuera preciso.