Actividades... |
|
||
... / Menú Archivo / Bases de datos / Actividades y horarios / Actividades... | Ayuda iMventa Ingenieros |
Esta base de datos contiene diferentes actividades, basadas en la norma UNE-EN 12464-1 "Iluminación. Iluminación de los lugares de trabajo. Parte 1: Lugares de trabajo en interiores".
En cada actividad se establecen características por defecto que pueden asociarse a un recinto o zona, divididas en tres pestañas:
En el cuadro se podrá seleccionar una de las actividades que se muestran en una lista tipo árbol (con tres niveles):
Los botones de este cuadro de diálogo se activarán según el ítem seleccionado y sirven para:
Las opciones de cada actividad se reparten en tres pestañas; en la pestaña Generales nos encontramos con la siguiente información:
Referencia: nombre reducido. Por defecto, será la numeración del esquema, por ejemplo: H.1.3, que significa:
Uso. Uso de los espacios a los que se asociará esta actividad (general, vivienda, aparcamiento, etc.).
Zona de ocupación. Dependiendo del uso seleccionado, aparecerá una lista de zonas, debiendo escoger la que se corresponda con la actividad que se está editando.
Descripción. Cadena de texto libre para la descripción del tipo de actividad.
Condiciones operacionales. Haciendo clic en el botón Condiciones>> abrirá la base de datos correspondiente para asignar unas condiciones operacionales por defecto a la actividad editada.
Densidad de ocupación para evacuación. E. Se considera la densidad de ocupación en el cálculo de recorridos de evacuación para el capítulo, TK-SI.
Densidad de ocupación media. Se considera la densidad de ocupación en el cálculo de cargas térmicas para el capítulo, TK-CDT.
Actividad metabólica. Indica de manera aproximada la actividad metabólica en el interior del recinto al que se le asigna esta actividad, para el cálculo de cargas térmicas:
Habitable / No habitable. Se deberá indicar si el espacio es habitable, o no, de acuerdo a la definición dada en el CTE-DB.
Según el DB-HE (diciembre 2019) un recinto habitable se considera como un recinto interior destinado al uso de personas cuya densidad de ocupación y tiempo de estancia exigen unas condiciones acústicas, térmicas y de salubridad adecuadas.
Se consideran recintos habitables los siguientes:
a) habitaciones y estancias (dormitorios, comedores, bibliotecas, salones, etc.) en edificios residenciales;
b) aulas, bibliotecas, despachos, en edificios de uso docente;
c) quirófanos, habitaciones, salas de espera, en edificios de uso sanitario;
d) oficinas, despachos; salas de reunión, en edificios de uso administrativo;
e) cocinas, baños, aseos, pasillos y distribuidores, en edificios de cualquier uso;
f) zonas comunes de circulación en el interior de los edificios;
g) cualquier otro con un uso asimilable a los anteriores.
Se consideran recintos no habitables aquellos no destinados al uso permanente de personas o cuya ocupación, por ser ocasional o excepcional y por ser bajo el tiempo de estancia, sólo exige unas condiciones de salubridad adecuadas. En esta categoría se incluyen explícitamente como no habitables los garajes, trasteros, las salas técnicas, y desvanes no acondicionados, y sus zonas comunes.
Zona común / Recinto protegido. Se deberá indicar si el espacio es habitable, o no, de acuerdo a la definición dada en el CTE-DB.
Según el DB-HR (diciembre 2019) un recinto común es una zona que da servicio a varias unidades de uso.
Una unidad de uso se puede considerar como un edificio o parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre, sí bien por pertenecer a una misma unidad familiar, empresa, corporación, bien por formar parte de un grupo o colectivo que realiza la misma actividad. En cualquier caso, se consideran unidades de uso, las siguientes:
a) en edificios de vivienda, cada una de las viviendas;
b) en edificios de uso hospitalario, y residencial público, cada habitación incluidos sus anexos;
c) en edificios docentes, cada aula o sala de conferencias incluyendo sus anexos;
Y un recinto protegido se considera un recinto habitable con mejores características acústicas. Se consideran recintos protegidos los recintos habitables de los casos a), b), c), d).
Las opciones de cada actividad se reparten en tres pestañas; en la pestaña Iluminación nos encontramos con la siguiente información:
Iluminancia mantenida (Em). Valor por debajo del cual no debe descender la iluminancia media en el área especificada. Es la iluminancia media en el período en el que debe ser realizado el mantenimiento.
Límites UGR. Es el índice de deslumbramiento molesto procedente directamente de las luminarias de una instalación de iluminación interior, definido en la publicación CIE (Comisión Internacional de Alumbrado).
Uniformidad de iluminancia mínima (Uo). Es el valor mínimo de uniformidad (Em/Emin) con que se debe iluminar el recinto.
Índices de rendimiento (Ra). Efecto de un iluminante sobre el aspecto cromático de los objetos que ilumina por comparación con su aspecto bajo un iluminante de referencia. La forma en que la luz de una lámpara reproduce los colores de los objetos iluminados se denomina índice de rendimiento de color (Ra). El color que presenta un objeto depende de la distribución de la energía espectral de la luz con que está iluminado y de las características reflexivas selectivas de dicho objeto.
Potencia máxima de iluminación.
Altura del plano de trabajo.
Altura plano UGR.
Factor de mantenimiento: cociente entre la iluminancia media sobre el plano de trabajo después de un cierto periodo de uso de una instalación de alumbrado y la iluminancia media obtenida bajo la misma condición para la instalación considerada como nueva.
Límite de eficiencia energética (VEEI): De acuerdo con DB-HE3, la eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona, se determinará mediante el valor de eficiencia energética de la instalación VEEI (W/m2) por cada 100 lux.
Según el DB-HE (diciembre de 2019) el VEEI se define como el valor que mide la eficiencia energética de una instalación de iluminación de un espacio o local con un determinado uso y por tanto, con unos parámetros de iluminación acordes con el mismo. En este valor de eficiencia no se incluyen las instalaciones de iluminación de escaparates o espacios destinados a exponer productos al público (zonas expositivas), las correspondientes al alumbrado de emergencia o a la iluminación de las unidades de uso residencial privado.
Observaciones. Texto descriptivo libre.
Las opciones de cada actividad se reparten en tres pestañas; en la pestaña Ventilación nos encontramos con la siguiente información:
Clase higrométrica. Se deberá indicar el grado de producción de humedad en el interior de los recintos a los que se le asocie esta actividad, de acuerdo con la norma EN ISO 13788:2002.
Categoría calidad aire interior. En este desplegable podrá elegir la calidad del aire interior, de acuerdo con la IT 1.1.4.2 del RITE 2007 (Exigencia de calidad del aire interior):
En los edificios de viviendas, a los locales habitables del interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes; y en los edificios de cualquier otro uso, a los aparcamientos y los garajes se consideran válidos los requisitos de calidad del aire interior establecidos en la sección HS3 del Código Técnico de la Edificación.
El resto de edificios dispondrá de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite, en los distintos locales en los que se realice alguna actividad humana, la formación de elevadas concentraciones de contaminantes. La calidad del aire interior se clasifica en los siguientes niveles, en función del uso del edificio:
¿Con fumadores? Esta opción se mantiene heredada de versiones antiguas de TeKton3D, para dar soporte a proyectos anteriores a la modificación del CTE-DB-HS3 dictada por la Orden VIV/984/2009. Antes de dicha modificación, en cocinas se exigía un caudal extra de ventilación de 8 l/s si el aire de la cocina era utilizado como comburente (por ejemplo, cocinas de gas). Para proyectos nuevos no debe tener en cuenta esta opción.
Sólo extracción. En aquellos locales en los que la ventilación se produce únicamente por extracción (cocinas y cuartos de baño), se entiende que el aire que entra en el recinto está acondicionado, de manera que la ventilación no supone un incremento de las cargas térmicas en estos recintos.
Copyright © iMventa Ingenieros. Todos los derechos reservados.