Descripción
Este cuadro de diálogo consta de una serie de apartados, cada
uno de ellos con:
- Una casilla de verificación que deberá marcar si
el concepto afecta a su proyecto.
- Una descripción del concepto.
- La casilla Norma que indica la exigencia mínima
del CTE.
- La casilla Proyecto,
donde debe indicar el valor del concepto previsto en
proyecto.
La casilla Marcar todos, situada en la parte baja de
la ventana, autocompleta todos los campos, marcando todas las casillas e
indicando el valor mínimo exigido en cada caso.
Normativa aplicable: CTE-DB-SUA4.2
2.1 Dotación
1 Los edificios dispondrán de un alumbrado de emergencia que, en caso de fallo del alumbrado normal,
suministre la iluminación necesaria para facilitar la visibilidad a los usuarios de manera que
puedan abandonar el edificio, evite las situaciones de pánico y permita la visión de las señales indicativas
de las salidas y la situación de los equipos y medios de protección existentes
Contarán con alumbrado de emergencia las zonas y los elementos siguientes:
- Todo recinto cuya ocupación sea mayor que 100 personas;
- Los recorridos desde todo origen de evacuación hasta el espacio exterior seguro, definidos en el
Anejo A de DB SI;
- Los aparcamientos cerrados o cubiertos cuya superficie construida exceda de 100 m2, incluidos
los pasillos y las escaleras que conduzcan hasta el exterior o hasta las zonas generales del edificio;
- Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección contra incendios
y los de riesgo especial indicados en DB-SI 1;
- Los aseos generales de planta en edificios de uso público;
- Los lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de la instalación de
alumbrado de las zonas antes citadas;
- Las señales de seguridad.
2.2 Posición y características de las luminarias
1 Con el fin de proporcionar una iluminación adecuada las luminarias cumplirán las siguientes condiciones:
- Se situarán al menos a 2 m por encima del nivel del suelo.
- Se dispondrá una en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea necesario destacar un
peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se dispondrán en
los siguientes puntos:
- En las puertas existentes en los recorridos de evacuación;
- En las escaleras, de modo que cada tramo de escaleras reciba iluminación directa;
- En cualquier otro cambio de nivel;
- En los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos;
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